- María José López Pourailly
INTEGRARSE A REDCLARA
RedCLARA está conformada exclusivamente por Redes Nacionales de Investigación y Educación (RNIE). De hecho, los países que cuentan con RNIE en Latinoamérica, todos son miembros de RedCLARA.
Los países que aún no son miembros de RedCLARA deben constituir su RNIE para poder hacerse miembros. Estas redes tienen una estructura similar; y, aunque varían en el tipo de instituciones a las que sirven, su denominador común es la participación de la universidades y centros de investigación del país. Es deseable la participación en ellas de otros sectores, entre ellos el gobierno y la empresa privada.
Sólo puede ser parte de RedCLARA y, por tanto, tener conexión a la red, una RNIE por país.
Si su país no cuenta con una RNIE, contáctenos. Es misión de RedCLARA apoyar a los países a establecer sus redes. En esta ruta, buscaremos el modo de guiarle en el proceso de constitución de la red nacional de su país. Escríbanos a: RedCLARA_Comunica@redclara.net.
ASOCIADOS PLENOS
Son Asociados Plenos las Siguientes Redes Nacionales
“Son derechos de todos los asociados: a) Recibir los informes periódicos que rinda la administración de la Asociación en relación con las labores que ésta desarrolle y con su situación financiera b) Hacer uso de los servicios de valor agregado que ofrece CLARA, conforme a las políticas que establezca el Consejo Directivo.
“Son derechos exclusivos de los asociados plenos: a) Obtener conexión a la Red CLARA b) tener voz y voto en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Asociados y ejercitar en ella todos los derechos que a los componentes de dichas asambleas reconoce estos estatutos y las leyes relativas b) poder ser electos miembros del Consejo Directivo y demás órganos sociales de la Asociación en que se distribuyan las funciones de dicho Consejo, c) coordinar las labores intra-nacionales y ser la entidad interlocutora con CLARA”.
De acuerdo al Artículo 12 de los estatutos de RedCLARA, “Son obligaciones de los Asociados Plenos a) Participar, por sí o representados por otros Asociados debidamente autorizados, en las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias a que fueren convocados; b) Procurar que sus representantes elegidos desempeñen con eficacia los cargos del Consejo Directivo y demás órganos sociales, en el caso de que sean electos para los mismos; c) Desempeñar con eficacia las comisiones y los cargos que fueran aceptados, y que hayan sido asignados por el Consejo Directivo; d) Vigilar la marcha de la Asociación y usar todos los derechos que la ley les otorgue para procurar que se cumpla el objeto de la Asociación y que el patrimonio de la misma sea administrado honrada y eficazmente; e) Cubrir las cuotas de membresía ordinarias o extraordinarias vigentes; f) Acatar estos Estatutos, los reglamentos aprobados por el Consejo Directivo y las resoluciones y acuerdos de éste y/o de la Asamblea de Asociados”.













