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INTEGRARSE A REDCLARA

Para conectarse a RedCLARA las instituciones científicas, académicas y/o de investigación interesadas, deben integrar y estar conectadas a la Red Nacional de Investigación y Educación (RNIE) de su país de origen. Sólo se puede acceder a RedCLARA mediante la conexión a dichas redes. Estas redes, a su vez, deben ser miembros de RedCLARA, para esto deben acreditar su existencia, ser una institución o corporación sin fines de lucro, y firmar los Estatutos de RedCLARA. Sólo puede ser parte de RedCLARA y, por tanto, tener conexión a la red, una RNIE por país (cabe señalar que desde la instauración de RedCLARA se han creado una decena de redes nacionales en la región).

Existen cuatro modalidades de integrar RedCLARA: Asociados Plenos (Miembros), Asociados Regionales, Asociados Pares y Asociados Empresariales.

Para mayor información respecto de cómo asociarse a RedCLARA, contáctese: correo electrónico - .

ASOCIADOS PLENOS

De acuerdo al Artículo 9 de los Estatutos de RedCLARA: “Para ser Asociado pleno se requiere: a) ser la entidad administradora de una red académica, científica y/o de investigación a nivel nacional de un país. b) contar con el apoyo del Gobierno del país que lo representa, el que deberá ser manifestado por escrito por parte de la autoridad competente. c) solicitar su incorporación a la Asociación por carta formal al Consejo Directivo. Dicha carta estará firmada por el representante de la organización solicitante”.
El Artículo 10 indica: “ARTÍCULO 10.- Las redes nacionales que cumplen las condiciones para ser Asociado pero que aún no cuenten con personería jurídica podrán inscribirse como Observadores, sin derecho a voto. Esta calidad podrá ser mantenida por un plazo de un año. Este período podrá renovarse una vez por otro igual, siempre y cuando la entidad Observadora lo solicite por escrito al Consejo Directivo, expresando las razones aducidas y el Consejo Directivo lo avale de esta forma”.

Son Asociados Plenos las Siguientes Redes Nacionales

Argentina - InnovaRed
Brasil - RNP
Colombia - RENATA
Costa Rica - RedCONARE
Chile - REUNA
Ecuador - Cedia
RAICES - EL Salvador
RAGIE - Guatemala
CUDI - México
Nicaragua - Runba
Uruguay - RAU
Honduras - RedNESAH
Derechos, de acuerdo al Artículo 13 de los Estatutos de RedCLARA:

“Son derechos de todos los asociados: a) Recibir los informes periódicos que rinda la administración de la Asociación en relación con las labores que ésta desarrolle y con su situación financiera b) Hacer uso de los servicios de valor agregado que ofrece CLARA, conforme a las políticas que establezca el Consejo Directivo.

“Son derechos exclusivos de los asociados plenos: a) Obtener conexión a la Red CLARA b) tener voz y voto en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Asociados y ejercitar en ella todos los derechos que a los componentes de dichas asambleas reconoce estos estatutos y las leyes relativas b) poder ser electos miembros del Consejo Directivo y demás órganos sociales de la Asociación en que se distribuyan las funciones de dicho Consejo, c) coordinar las labores intra-nacionales y ser la entidad interlocutora con CLARA”.
Obligaciones de los Asociados Plenos:

De acuerdo al Artículo 12 de los estatutos de RedCLARA, “Son obligaciones de los Asociados Plenos a) Participar, por sí o representados por otros Asociados debidamente autorizados, en las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias a que fueren convocados; b) Procurar que sus representantes elegidos desempeñen con eficacia los cargos del Consejo Directivo y demás órganos sociales, en el caso de que sean electos para los mismos; c) Desempeñar con eficacia las comisiones y los cargos que fueran aceptados, y que hayan sido asignados por el Consejo Directivo; d) Vigilar la marcha de la Asociación y usar todos los derechos que la ley les otorgue para procurar que se cumpla el objeto de la Asociación y que el patrimonio de la misma sea administrado honrada y eficazmente; e) Cubrir las cuotas de membresía ordinarias o extraordinarias vigentes; f) Acatar estos Estatutos, los reglamentos aprobados por el Consejo Directivo y las resoluciones y acuerdos de éste y/o de la Asamblea de Asociados”.

ASOCIADOS REGIONALES

Los Asociados Regionales de RedCLARA corresponden a personas jurídicas de alcance regional o intercontinental que tienen interés en el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación, en la sociedad en general, y en la educación superior, en particular.
 
De acuerdo al Artículo 9 de los Estatutos de RedCLARA, para ser Asociado Regional se requiere: “a) acreditar interés en el desarrollo, científico- tecnológico y la innovación b) acreditar 2 cartas de patrocinio de asociados plenos c) solicitar su incorporación a la Asociación por carta formal al Consejo Directivo, acompañando en original las cartas indicadas en la letra b). Dicha carta estará firmada por el representante de la organización solicitante”.
 
Derechos, de acuerdo al Artículo 13 de los Estatutos de CLARA:
“Son derechos de todos los asociados: a) Recibir los informes periódicos que rinda la administración de la Asociación en relación con las labores que ésta desarrolle y con su situación financiera b) Hacer uso de los servicios de valor agregado que ofrece CLARA, conforme a las políticas que establezca el Consejo Directivo”.
 
Son derechos de los Asociados Regionales: “a) tener voz en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Asociados”.
 
Obligaciones de los Asociados Regionales:
De acuerdo al Artículo 12 de los estatutos de RedCLARA, son obligaciones de los Asociados Regionales: “a) pagar en tiempo y forma las cuotas de la Asociación ordinarias y extraordinarias fijadas por la Asamblea. La Asamblea podrá fijar cuotas distintas para este tipo de Asociados, en consideración de su aporte a la Asociación y de los beneficios obtenidos por éstos. b) respetar y hacer respetar íntegramente los estatutos de CLARA”.

ASOCIADOS PARES

Los Asociados Pares de RedCLARA corresponden redes académicas y de investigación avanzadas, de alcance continental, con similares características que RedCLARA, en cuanto a su infraestructura y aplicaciones.
 
De acuerdo al Artículo 9 de los Estatutos de RedCLARA, para ser Asociado Par se requiere: “a) acreditar interés en el desarrollo, científico- tecnológico y la innovación b) acreditar 2 cartas de patrocinio de asociados plenos c) solicitar su incorporación a la Asociación por carta formal al Consejo Directivo, acompañando en original las cartas indicadas en la letra b). Dicha carta estará firmada por el representante de la organización solicitante”.
 
Derechos, de acuerdo al Artículo 13 de los Estatutos de RedCLARA:
“Son derechos de todos los asociados: a) Recibir los informes periódicos que rinda la administración de la Asociación en relación con las labores que ésta desarrolle y con su situación financiera b) Hacer uso de los servicios de valor agregado que ofrece CLARA, conforme a las políticas que establezca el Consejo Directivo”.
Son derechos de los Asociados Pares: “a) tener voz en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Asociados”.
 
Obligaciones de los Asociados Pares:
De acuerdo al Artículo 12 de los estatutos de RedCLARA, son obligaciones de los Asociados Pares: “a) pagar en tiempo y forma las cuotas de la Asociación ordinarias y extraordinarias fijadas por la Asamblea. La Asamblea podrá fijar cuotas distintas para este tipo de Asociados, en consideración de su aporte a la Asociación y de los beneficios obtenidos por éstos. b) respetar y hacer respetar íntegramente los estatutos de CLARA”.

   

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